1. Introducción
El Manual de Perfiles de Puestos (MPP) constituye uno de los instrumentos esenciales de la profesionalización del servicio civil en el Perú. De acuerdo con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR, 2022), este manual permite que las entidades públicas cuenten con una estructura funcional clara, transparente y alineada a los objetivos institucionales, contribuyendo a la meritocracia y a la gestión moderna del talento humano en el Estado.
Su formulación se enmarca en la Ley N.º 30057 del Servicio Civil y en la Directiva N.º 004-2017-SERVIR/GDSRH, que regulan el proceso de tránsito hacia el nuevo régimen del servicio civil, conforme a las políticas establecidas por la Presidencia del Consejo de Ministros (Decreto Supremo N.º 091-2021-PCM).
2. Naturaleza e importancia del Manual de Perfiles de Puestos
El MPP es definido como un documento normativo de gestión que contiene, de manera estructurada y detallada, los perfiles de todos los puestos de una entidad pública. Cada perfil describe las funciones, competencias, requisitos y exigencias que un cargo demanda para garantizar el desempeño eficiente del servidor civil (SERVIR, 2022, p. 12).
Más allá de ser un instrumento técnico, el MPP cumple una función estratégica. Según SERVIR (2022), constituye el insumo principal para procesos como la administración de puestos, selección, inducción, evaluación del desempeño, capacitación y progresión en la carrera. De esta manera, su correcta elaboración fortalece la articulación entre la estructura organizacional, los objetivos institucionales y el desarrollo profesional de los servidores civiles.
En términos prácticos, el MPP:
Define los requisitos para la contratación y promoción.
Permite estandarizar los procesos de gestión de recursos humanos.
Proporciona información para el diseño de planes de carrera y capacitación.
Asegura la coherencia funcional entre unidades y órganos de la entidad.
3. Insumos esenciales para la elaboración del MPP
La Guía Metodológica de SERVIR (2022) identifica tres insumos indispensables para la elaboración del Manual de Perfiles de Puestos:
Dotación:
Corresponde a la propuesta de estructura de recursos humanos de la entidad. Incluye el número de posiciones permitidas por grupo de servidores y niveles jerárquicos, estableciendo el marco técnico sobre el cual se elabora el MPP.Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP):
Documento normativo que define la estructura organizacional, las funciones generales y específicas de cada órgano o unidad orgánica. Su función es garantizar la coherencia entre la organización formal y los perfiles funcionales definidos.Manual de Puestos Tipo (MPT):
Elaborado por SERVIR, este documento detalla los perfiles tipo, funciones genéricas y requisitos mínimos que sirven de referencia para la construcción de los perfiles específicos de cada entidad.
La integración de estos insumos asegura que el MPP sea un documento coherente y verificable, ajustado a la realidad funcional y presupuestal de cada institución.
4. Actores y responsabilidades institucionales
El proceso de elaboración del MPP involucra múltiples actores con funciones complementarias (SERVIR, 2022, pp. 17–18):
Oficina de Recursos Humanos (ORH): dirige el diseño de puestos, coordina la validación de información y visa los perfiles elaborados.
Oficina de Racionalización o Planeamiento y Presupuesto: valida la coherencia de las funciones con el ROF o MOP.
Jefes o Gerentes de órganos y unidades orgánicas: validan los perfiles correspondientes a su área.
Titular de la entidad: aprueba el MPP luego del pronunciamiento técnico de SERVIR.
Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (SERVIR): emite la opinión técnica y supervisa la correcta aplicación de la metodología.
Este enfoque colaborativo garantiza una gobernanza multinivel del talento humano, donde la técnica, la ética y la eficiencia convergen en un mismo marco institucional.
5. Etapas metodológicas de la elaboración del MPP
El proceso metodológico comprende cuatro etapas secuenciales que permiten asegurar la validez técnica del documento (SERVIR, 2022, pp. 22–23):
Elaboración del Plan de Trabajo:
Incluye la revisión de la dotación, la definición de responsables, la planificación de actividades (mediante cronogramas Gantt) y la asignación de interlocutores responsables de validar los perfiles.Elaboración de los Perfiles de Puestos:
Se desarrolla a través de cuatro pasos:Identificación del puesto: nombre, código, nivel, dependencia, grupo y familia de puestos.
Redacción de funciones: usando el esquema verbo – objeto – resultado, con ponderación de frecuencia, complejidad y consecuencia del error.
Determinación de requisitos: formación, conocimientos, experiencia y competencias.
Revisión de coherencia: validación de la relación entre funciones, requisitos y misión del puesto.
Validación de los perfiles:
La ORH coordina la revisión técnica con las unidades correspondientes para garantizar que los perfiles sean pertinentes y consistentes con la estructura institucional.Consolidación del Manual:
Todos los perfiles validados se integran en un documento único, que es remitido a SERVIR para su aprobación oficial.
6. Criterios técnicos para la redacción de funciones y misión
La guía metodológica establece una estructura precisa para redactar las funciones y la misión del puesto.
Toda función debe estructurarse en tres componentes (SERVIR, 2022, p. 32):
Verbo: la acción a ejecutar (por ejemplo, analizar, coordinar, ejecutar).
Objeto: sobre qué recae la acción (por ejemplo, informes, recursos, proyectos).
Resultado: el propósito o finalidad de la acción (por ejemplo, cumplir objetivos o estándares).
Asimismo, la misión del puesto debe redactarse integrando el verbo, objeto, marco general de actuación y resultado, reflejando la contribución del cargo a la finalidad institucional (p. 37). Este método asegura claridad, consistencia jerárquica y pertinencia semántica entre los niveles de responsabilidad.
7. Consideraciones éticas y principios del servicio público
El documento enfatiza que todo proceso de diseño de puestos debe regirse por los principios éticos de la función pública, entre ellos:
Servicio al ciudadano como propósito central.
Imparcialidad y probidad en el uso de recursos públicos.
Rendición de cuentas y transparencia.
Eficacia y eficiencia en la gestión institucional.
Buen trato al ciudadano y equidad en el acceso al servicio público (SERVIR, 2022, pp. 9–10).
Estos principios, incorporados en el contenido transversal del programa, aseguran que el MPP no solo sea un instrumento técnico, sino también un marco ético de comportamiento y desempeño profesional.
8. Reflexiones finales
El Manual de Perfiles de Puestos representa un avance estructural en la modernización del Estado peruano. Más allá de su carácter normativo, se erige como una herramienta estratégica para la gestión del talento público, pues permite planificar, asignar y evaluar los recursos humanos de manera técnica, objetiva y alineada al valor público.
La correcta aplicación del MPP promueve una administración pública eficiente, meritocrática y basada en evidencias, fortaleciendo la profesionalización de los servidores y la confianza de la ciudadanía en sus instituciones. En ese sentido, su implementación no solo optimiza los procesos de gestión humana, sino que consolida la cultura del desempeño y la transparencia como pilares del servicio civil contemporáneo.
Referencias
Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. (2017). Guía metodológica para la elaboración del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) aplicable al régimen de la Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil. Lima, Perú. Recuperado de https://storage.servir.gob.pe/lsc/directiva/Res308-2017-SERVIR-PE-Anexo-C.pdf
Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. (2022). Elaboración del Manual de Perfiles de Puestos. Escuela Nacional de Administración Pública. Lima, Perú. Recuperado de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3159944/Elaboraci%C3%B3n%20del%20Manual%20de%20Perfiles%20de%20Puestos.pdf
Ley N.º 30057. (2013). Ley del Servicio Civil. Diario Oficial El Peruano. Recuperado de https://www.servir.gob.pe/normatividad/ley-del-servicio-civil-ley-n-30057/
Decreto Supremo N.º 091-2021-PCM. (2021). Decreto Supremo que dispone el tránsito de entidades públicas al régimen del Servicio Civil. Diario Oficial El Peruano. Recuperado de https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-dispone-el-transito-de-entidades-public-decreto-supremo-n-091-2021-pcm-1958494-1/
Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. (2024). Directiva N.º 003-2024-SERVIR-GDSRH: Lineamientos para la formulación del Manual de Perfiles de Puestos. Lima, Perú. Recuperado de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5715192/5074018-anexo-n-01.pdf?v=1705963146